Agentes de la SSP allanan una casa y borran evidencias de un celular: quedaron captados por cámaras de vigilancia.

Agentes de la SSP allanan una casa y borran evidencias de un celular: quedaron captados por cámaras de vigilancia.

TEKAX, Yucatán, lunes 08/05/2023.- Agentes de la Secretaría De Seguridad Pública (SSP) y municipales sin ninguna orden de un juez y con lujo de violencia allanaron una casa en Tekax, luego le quitaron un teléfono celular a la dueña del inmueble, le revisaron y borraron sus fotografías y videos personales “Intimas”.

Bajo la escusa que la dueña del lugar grabo a los uniformados estos sin una orden judicial entraron a la casa y le quitaron el celular a la afectada, le revisaron sus fotos y videos personales, luego un oficial de la SSP flasheo el móvil borrando toda prueba que los comprometía.

Lo que los oficiales estatales nunca se percataron que dentro de la casa una cámara de seguridad gravo toda la mala acción desde que un policía de la SSP quito el celular a la dueña de la casa, lo revisó y borró toda la información que contenía el móvil.

La afectada hizo público el video y responsabilizo a los agentes de la SSP si algo le pasara a ella y su familia, se espera el jurídico de la Secretaría De Seguridad Publica tome cartas en el asunto, sancione o destituya a estos oficiales corruptos que violan los derechos de los ciudadanos con malas prácticas policiales.

El artículo 6º de la constitución política de México claramente señala que la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, en su párrafo segundo dice que toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.

En su artículo 7º indica que es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares.

Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión. En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito.

En el código Penal Federal en su artículo 211 bis 1 Acceso Ilícito a Sistemas y Equipos de Informática señala que la persona que sin autorización modifique, destruya o provoque pérdida de información contenida en sistemas o equipos de informática protegidos por algún mecanismo de seguridad, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y de cien a trescientos días multa.

Al que sin autorización conozca o copie información contenida en sistemas o equipos de informática protegidos por algún mecanismo de seguridad, se le impondrán de tres meses a un año de prisión y de cincuenta a ciento cincuenta días multa.

Pero al parecer a los agentes de la Secretaria de Seguridad Pública (SSP) carecen de este conocimiento y el área jurídica más porque siguen permitiendo estas malas prácticas de sus oficiales sin ser sancionados.

Ciudadanos Al dia

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