El TEEY anula la elección de Chichimilá y da por valida la elección en cinco municipios y una diputación

El TEEY anula la elección de Chichimilá y da por valida la elección en cinco municipios y una diputación

MÉRIDA, Yucatán, martes 30/07/2024.- El Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) resuelve ocho impugnaciones y anula la elección de Chichimilá, ordenó al Congreso del Estado y al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac) que tomen las medidas necesarias para la celebración de elecciones extraordinarias en Chichimilá.

Además de la anulación de las elecciones a presidente municipal donde se desconoció la victoria del candidato del PRI, Francisco Medina Martín, la autoridad en materia electoral también resolvió otras impugnaciones, recursos interpuestos por irregularidades en las elecciones pasadas en los municipios de Tekax, Cenotillo, Calotmul, Acanceh, Ucú, y la elección de la diputación del distrito 01.

En Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) resolvió cinco Recursos de Inconformidad (RIN) presentados por distintos partidos políticos, y tres Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía (JDC), relativos a los resultados electorales del pasado 2 de junio.

ANULAN LA ELECCIÓN EN CHICHIMILÁ

El TEEY anulo la elección de Chichimilá de acuerdo a pruebas que obran en el expediente RIN-010 y su Acumulado 034, promovidos por los partidos PAN, PVEM y Morena en contra de los resultados consignados en el acta de cómputo de la elección del Ayuntamiento de Chichimilá, por actos y hechos violentos el día de la jornada electoral.

El día de las elecciones un grupo de personas con violencia irrumpió en las en las casillas, sustrajeron paquetería y material electoral, además de que ejercieron presión sobre los electores para que sufragaran a favor del partido que obtuvo el mayor número de votos, por lo que los demandantes plantearon la violación a los principios de certeza y legalidad.

Se solicitó la nulidad de la votación de ocho casillas porque hubo irregularidades durante y posterior al cierre de votación, escrutinio y cómputo, la magistrada presidenta, Lissette Guadalupe Cetz Canché, reconoció que hubo actos de violencia documentados en los centros de votación instalados en las secciones 093 Casillas Básica, Contigua 1 y 2; 094 Casillas Básica, Contigua 1 y 2; y 095 Casillas Básica y Contigua 1, pruebas que bastaron para anular las elecciones.

Cetz Canché señaló que la causal de nulidad se acreditó en ocho de las 13 casillas instaladas en Chichimilá, lo que representa más del 20 por ciento, por tal razón, acorde a lo indicado en los artículos 9 y 10 de la referida Ley, se declara la nulidad de la elección de ese Ayuntamiento.

La magistrada, ordenó al Congreso del Estado y al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac) que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, tomen las medidas necesarias para la celebración de elecciones extraordinarias en Chichimilá.

RECONOCEN EL TRIUNFO DEL CANDIDATO DE MORENA EN TEKAX

La magistrada Cetz Canché con referente a la impugnación en el expediente RIN-031, promovido por el PAN, solo ordeno anular la casilla 834 Contigua 1, de modo que no afecto los resultados de las pasadas elecciones y reconoció la validez de la elección y la constancia de mayoría a favor de la planilla de regidores de Morena.

La casilla se anuló porque una de las personas funcionarias habilitada para actuar en ésta, no estaba autorizada para tal efecto ni aparece en la Lista Nominal de la mencionada sección.

EL TEEY DECLARA IMPROCEDENTE LA IMPUGNACIÓN DE LAS ELECCIONES EN CENOTILLO

El Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) declaro improcedente la impugnación presentada por el partido Morena en contra de los resultados de la elección municipal de Cenotillo, de acuerdo al expediente RIN-036, no hay sustento, ni fundamento legal que hubo violencia física en contra de los funcionarios de casilla.

El TEEY determinó que no le asiste la razón al promovente al no presentar elementos probatorios plenos y porque, en el caso de la referida representante panista, se corroboró en el acuerdo CG/068/2024 del Iepac que su partido solicitó, previamente, modificaciones a la planilla de candidaturas, sustituyéndola de esa postulación, por lo que su representación no generó prejuicio alguno.

EL TEEY DESECHA LA DEMANDA DE LAS ELECCIONES DE CALOTMUL

El TEEY desechó la demanda promovida por el candidato del PAN, Julio César Ku Zaval, en contra de la elección del Ayuntamiento de Calotmul, porque solo presentó una copia simple y no cumplió con los requisitos de procedibilidad, documental que obra en el expediente JDC-066.

RECONOCEN LA CUARTA REGIDURÍA PLURINOMINAL EN ACANCEH A FAVOR DE MC.

El magistrado Fernando Bolio Vales decreto infundado los agravios presentados por Jorge Alberto Pérez Cocom en contra de la constancia de asignación de Regidurías Plurinominales del Municipio de Acanceh a favor de Movimiento Ciudadano realizado por el Consejo General del Iepac.

El magistrado Bolio Vales de acuerdo al expediente JDC-060 se declaró infundados los agravios del actor que se revoque la cuarta regiduría otorgada a MC y explicó que, toda vez que considera equivocadamente que el Iepac debió asignar al PAN y al PRI la octava regiduría, de la que él es propietario. Esto debido a que al partido naranja efectivamente le corresponden dos regidurías, al obtener el 29.6 por ciento de la votación.

DAN VALIDA LA ELECCIÓN DE UCÚ PORQUE EL REPRESENTANTE DEL PAN DESISTIÓ AL RECUENTO DE VOTOS

El TEEY también resolvió en el expediente JDC-053, desechar la demanda presentada por José Ricardo Luna Can, candidato del PAN, en contra de la elección de la alcaldía de Ucú, debido a que el representante del partido que lo postuló se desistió al recuento, durante la sesión de cómputo municipal.

El magistrado Bolio Vales calificó como infundada la omisión reclamada en contra del Consejo Municipal Electoral por lo que declaro valida las elecciones en Ucú

RATIFICAN VALIDA LA ELECCIÓN DE LA DIPUTACIÓN DEL DISTRITO 01

El Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) declaro valida las elecciones de la Diputación Del Distrito 01, de Mayoría Relativa y desechó la demanda interpuesta por el PAN, debido que no se presentó en los términos de 24 horas establecido por la ley los elementos necesarios de procedibilidad o procedencia.

La impugnación con clave RIN-033, promovido por el PAN quedo improcedente de modo que el Tribunal sentenció que no se cumplieron los elementos necesarios de procedibilidad o procedencia, de modo que se declaró valida la elección y computo de Diputados de Mayoría Relativa del distrito 01 de Mérida.

Ciudadanos Al dia

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *